Hacienda sube IEPS para gasolinas, cigarros y bebidas saborizadas
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) actualizó las cuotas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las gasolinas, cigarros y bebidas saborizadas, que deberán pagarse a partir del 1 de enero de 2020.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal señaló en el primer caso que las nuevas tarifas serán aplicadas a los combustibles automotrices, fósiles, gasolinas y diésel en todas las entidades federativas.
Expone que los ajustes a las cuotas del IEPS no necesariamente tendrán un aumento en los precios de los combustibles, toda vez que dependerá de cada uno de los establecimientos.
El pasado 9 de diciembre fue publicado el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y del Código Fiscal de la Federación.
En ello se hizo modificaciones referentes al octanaje de las gasolinas para “armonizar” con el establecido en la “NOM-016-CRE-2016, explicó.
La SHCP refirió que las cuotas aplicables a los combustibles fueron actualizadas por última vez el 28 de diciembre de 2018, a través del “acuerdo por el que se actualizan las cuotas que se especifican en materia del impuesto especial sobre producción y servicios”.
Así, conforme al factor de actualización mencionado en el acuerdo, el consumidor deberá pagar 4.95 pesos por litro para la gasolina Magna —menor a 91 octanos—.
Quienes usen gasolina Premium —mayor o igual a 91 octanos— tendrán que pagar 4.18 pesos por litro a partir del miércoles 1 de enero.
El diésel también tendrá una nueva cuota del IEPS y será de 5.44 pesos por litro, mientras que en los combustibles no fósiles la cuota se ubicó en 4.18 pesos por litro.
En cuanto a los cigarros, la cuota aplicable a tabacos labrados a que se refiere la Ley del IEPS, que estará vigente a partir del 1 de enero de 2020, es de 0.4944 pesos por cigarro.
En tanto, la cuota por litro aplicable a bebidas saborizadas a que se refiere la misma legislación se ubicará en 1.2616 pesos por litro.